Lamentablemente en varios estados de la república mexicana
se han demolido varios edificios históricos, con intención de construir nuevos, los cuales
tengan un diseño moderno y sofisticado. Es aquí cuando es necesario preguntarse
¿Dónde están las leyes que se encargan de prohibir tales actos? ¿Cual es la ética del arquitecto?. De acuerdo al
artículo 321 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal “Los
que derriben o alteren gravemente edificios singularmente protegidos por su
interés histórico, artístico, cultural o monumental serán castigados con las
penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses
y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de
uno a cinco años”, sin embargo, estas reformas presentan 2 problemas:
1.- Los castigos o sanciones a la población que no acaten
tales normas, deberían ser aun más severos.
2.- La implementación de nuevas reformas.
2.- Las reformas solamente se quedan plasmadas en papel y no
son llevadas a la práctica
Actualmente es difícil poder cambiar tales sucesos, puesto
que los intereses económicos y la necesidad de los individuos por ser parte de
la modernidad, siempre están muy por encima de su propio patrimonio histórico y
arquitectónico.
Puesto que los arquitectos tienen la oportunidad de preservar el entorno arquitectónico mediante métodos de construcción específicos para cada edificio histórico, deben aprovechar esta oportunidad, sus conocimientos y habilidades para mejorar las ciudades con tal patrimonio, así también respetar el diseño, las fachadas, los ornamentos, entre otros aspectos, que antiguamente se tenían..No considero ético que muchos de ellos solo se dediquen a crear edificaciones modernas, haciendo caso omiso y destruyendo parte del patrimonio. El arquitecto debe considerar y tomar conciencia en todo momento, que el pasado puede tener una utilidad futura muy provechosa y beneficiosa para la sociedad en su conjunto.
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